Este proyecto tiene como propósito la creación de un Jardín Botánico en los terrenos que ocupaba el antiguo Hospital Emilio Civil, en concordancia con el proyecto de las cátedras de Topografía, de Espacios Verdes y de Botánica Agrícola de la Facultad de Ciencias Agrarias.
La investigación, la educación y la difusión son los aspectos más salientes de un jardín botánico. La protección de la biodiversidad y la transmisión del patrimonio natural son una consecuencia necesaria de estos desarrollos.
Queda mucho por hacer en el campo de la educación respecto a la naturaleza y este es un gran comienzo. Serían inútiles todas las investigaciones y los estudios realizados hasta el día de hoy si no se llevara a cabo una educación que condujera a la toma de conciencia de la importancia de su preservación y conservación por parte de la población.
Es esencial que los jardines botánicos se conviertan en el motor de la difusión y el conocimiento de las plantas, el medio en el que viven y que comparten con los seres humanos.

Expediente 59477

HONORABLE CÁMARA:

El siguiente Proyecto de Ley tiene como propósito la creación del Jardín Botánico de Mendoza, dentro del predio ocupado por el Parque de la Ciencia, en las instalaciones del ex Hospital Emilio Civit, en el Parque General San Martín de la Ciudad de Mendoza, de acuerdo con un proyecto elaborado de manera conjunta por las cátedras de Topografía, de Espacios Verdes y de Botánica Agrícola de la Facultad de Ciencias Agrarias y coordinado en su momento por la secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad Nacional de Cuyo.

FUNDAMENTOS

Desde niños los mendocinos reconocemos, como parte de nuestra identidad cultural, ser habitantes de un oasis. Nos enorgullece que la capital de Mendoza sea conocida como la “Ciudad Bosque”; y el desarrollo de la agricultura provincial, por razones climáticas, está estrechamente asociado al árbol, como símbolo de fertilidad frente a la naturaleza agreste.

No sólo la flora nativa y sus majestuosas montañas son una parte fundamental del paisaje mendocino, sino el verdor de los millares de árboles que el tesón de nuestros mayores ha hecho crecer a lo largo y a lo ancho de una Provincia desértica como la nuestra, ya desde los tiempos de su fundación.

Sin embargo, no existen en la actualidad medios o instituciones que contribuyan de manera eficaz a fortalecer la conciencia del valor de nuestro medio ambiente y que, sin caer en dogmatismos, propendan a que cada uno de los habitantes de esta tierra sea el principal guardián de su entorno. Una consecuencia no menor de ello es la falta de programas educativos que generen esa responsabilidad, como parte de un ejercicio de ciudadanía.

Pero no se trata de diagnosticar el problema sino de encontrarle soluciones.

En la página web de la Botanic Gardens Conservation International, puede leerse un artículo de la historiadora española María Luisa Iglesias Hernández donde afirma:
“… existe otro concepto de jardín distinto del meramente ornamental. Se trata del jardín botánico que, además de servir de objeto decorativo o de placer visual, sirve de elemento educativo e incluso de investigación. Desde su creación como tales, los jardines botánicos han pasado por distintas etapas hasta constituirse como los conocemos actualmente.
En los siglos XV y XVI se crean los primeros jardines botánicos en Europa, sustituyéndose el criterio decorativo por el que se agrupa la flora del lugar. Pero es en el siglo XVIII, cuando Carl von Linné (Linneo) (1707- 1778), con la introducción de nuevas técnicas taxonómicas y de la nomenclatura binomial, sustituye la recolección de plantas por un estudio más científico para el reconocimiento y posterior clasificación de las mismas. Fue a partir de ese siglo cuando los jardines botánicos se transforman en verdaderos lugares de investigación sobre el mundo vegetal, además de preocuparse por la conservación del patrimonio vegetal, estudiando y controlando las especies en vías de extinción.
En la actualidad un jardín botánico es, ante todo, un centro de educación que se ha ampliado a todos los niveles, tanto en la enseñanza reglada como en la informal. Son estos jardines un punto de confluencia para la ciencia, la historia, el arte y la cultura en general, desempeñando su función como instituciones ligadas al desarrollo cultural de los pueblos que los poseen.” En este último párrafo está la sustancia de este proyecto.
Es precisamente por las razones en él señaladas que, en todos los continentes, las capitales y las grandes ciudades de las naciones civilizadas de ambos hemisferios cuentan con jardines botánicos que, además de embellecer el paisaje urbano, contribuyen a enriquecer cualitativamente la vida de sus habitantes, al ofrecerles un lugar de recreo, apacible y silencioso, donde pueden aprender a conocer y admirar la enorme riqueza del mundo de los árboles. Por lo demás, y en relación con el concepto de Jardín Botánico como una institución de carácter cultural, que nos ayuda a descubrir y a conocer lo que existe más allá del círculo estrecho donde uno vive, conviene señalar que el contemplado por este proyecto habrá de contener numerosas especies exóticas, procedentes de otras latitudes y de otros climas, en lugar de restringirse sólo a las vernáculas.
Debe aclararse que quienes escribimos estas líneas no somos los autores de la idea. A través de este Proyecto de Ley, siguiendo la línea de lo expuesto precedentemente, se creyó conveniente apoyar el esfuerzo y la iniciativa de aquellos que han estudiado el tema profundamente y en todos sus pormenores. En este punto, cabe agregar que honra a los mendocinos, y particularmente a estos legisladores, el hecho de que cátedras de la Universidad histórica de nuestra provincia sean las responsables intelectuales del proyecto.
Los Sres. Senadores podrán ver adjunto a este Proyecto de Ley, un trabajo elaborado oportunamente por las cátedras de Topografía, de Espacios Verdes y de Botánica Agrícola de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cuyo, encabezadas por los Ingenieros Agrónomos Fernando E. Brandi, Sergio A. Carrieri y José Ambrosetti, respectivamente, y coordinado por la secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad Nacional de Cuyo, representada en su momento por el Profesor Alejandro Atencio.
Toda la información técnica y científica referida al Jardín Botánico de Mendoza cuya creación proponemos, está allí contenida. Las especies locales y foráneas que contendrá, la forma de cuidarlas y preservarlas, el trazado del paseo, dentro de un plan de obras cuya ejecución rondaría los $100000, según lo estimado por los autores del proyecto. Lo exiguo del monto en comparación con los grandes beneficios que desde el punto de vista de la educación, de la recreación, del paisaje urbano, del turismo traerían a la ciudad y a la provincia, es un punto que habla de manera elocuente en favor del proyecto.
La Ley Nacional de Turismo N° 25.997 estipula que: “Son actividades directa o indirectamente relacionadas con el turismo las que figuran en el Anexo I, conforme la clasificación internacional uniforme de las actividades turísticas de la Organización Mundial de Turismo”. En dicho anexo, en su inciso 5 sección 7, figuran: Servicios de jardines botánicos, zoológicos y de parques nacionales.
El emplazamiento del mismo dentro del predio que hoy ocupa el Parque de la Ciencia, sobre el costado sur del antiguo hospital Emilio Civit, en el Parque Gral. San Martín, servirá para enriquecerlo aun más con un nuevo y poderoso atractivo. El turismo se ha vuelto una de las principales actividades de la economía provincial; es claro que un proyecto de esta índole, además de enriquecer de manera sustantiva nuestro patrimonio urbano, habrá de afirmar aún más la proyección de Mendoza en ese sentido.
Por los fundamentos expuestos y otros que se ofrecerán a la hora de tratarse este proyecto, es que solicitamos el tratamiento y posterior aprobación del siguiente Proyecto de Ley.

Mendoza, 11 de Agosto de 2010.

PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
SANCIONAN, CON FUERZA DE
L E Y:
Artículo 1° – Crear el Jardín Botánico de Mendoza, dentro del predio ocupado por el Parque de la Ciencia, en las instalaciones del ex hospital Emilio Civit, en el Parque General San Martín de la Ciudad de Mendoza, de acuerdo con el proyecto elaborado por las cátedras de Topografía, de Espacios Verdes y de Botánica de Facultad de Ciencias Agrarias y coordinado por la secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad Nacional de Cuyo.

Art. 2°- Serán acciones permanentes de este Jardín Botánico la ejecución de programas de promoción y conservación ambiental, conjuntamente con las funciones de recreación pasiva para la comunidad.

Art. 3°- El Jardín Botánico, junto a otras entidades, diseñará programas de educación y recreación pasiva para la comunidad involucrando a la población infantil, juvenil, de tercera edad y discapacitados.

Art. 4°- El Gobierno de la Provincia de Mendoza deberá ceder el predio indicado con las condiciones que crea convenientes.

Art. 5°- El Gobierno de la Provincia de Mendoza deberá financiar la construcción del Jardín Botánico y establecer un marco convenio de contraprestaciones, además de las estipuladas en los artículos precedentes.

Art. 6°- A los efectos de un correcto funcionamiento del jardín botánico se deberá formar una comisión asesora ad honorem, integrada por funcionarios de los Ministerios competentes del Gobierno Provincial, profesores de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cuyo y de otras instituciones académicas relacionadas con el tema, y por miembros de O.N.G. relacionadas con el tema.

Art. 7°- La Administración del Jardín Botánico podrá ser concesionada a fundaciones provinciales relacionadas con el cuidado de la flora, bajo control del Gobierno Provincial y en las condiciones que el mismo establezca para tal fin.

Art. 8°- De forma.

Acerca de Carlos

Soy abogado, profesor universitario y actualmente ocupo el cargo de Senador Provincial en la Legislatura de Mendoza. Presido el bloque desde 2007.
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